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Epígrafes IAE para autónomos: cuál elegir según tu actividad

·10 min lectura

El epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es el código que clasifica tu actividad económica ante Hacienda. Aunque parece un trámite menor, elegir el epígrafe correcto tiene consecuencias fiscales directas en cómo tributas, qué obligaciones tienes y qué gastos puedes deducir.

En este artículo te explicamos la estructura del IAE, las diferencias entre las tres secciones, los epígrafes más comunes para autónomos y cómo afecta tu elección a tu tributación.

Qué es el IAE y por qué importa

El Impuesto de Actividades Económicas es un tributo local que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas. La buena noticia para los autónomos es que están exentos de pagar el IAE si facturan menos de 1 millón de euros al año (es decir, prácticamente todos).

Sin embargo, aunque no pagues el impuesto, sí estás obligado a darte de alta en un epígrafe cuando te registras en Hacienda mediante el modelo 036/037. Y esa elección determina:

  • Si eres considerado empresario o profesional a efectos fiscales.
  • Si debes aplicar retención de IRPF en tus facturas o pagar mediante el modelo 130.
  • Qué régimen de estimación puedes utilizar (directa, objetiva/módulos).
  • Qué actividades puedes facturar legalmente.

Las tres secciones del IAE

Sección 1: Actividades empresariales

Incluye actividades de carácter comercial, industrial y de servicios. Los autónomos en esta sección son considerados empresarios y sus principales características fiscales son:

  • No aplican retención de IRPF en sus facturas.
  • Deben presentar el modelo 130 (pago fraccionado trimestral del IRPF).
  • Pueden acogerse a la estimación objetiva (módulos) si su actividad lo permite.

Ejemplos: comercio minorista, hostelería, transporte, construcción, peluquerías, academias, talleres de reparación, agencias de viajes, etc.

Sección 2: Actividades profesionales

Incluye actividades que requieren una cualificación o habilitación profesional. Los autónomos en esta sección son considerados profesionales y sus características fiscales son:

  • Aplican retención de IRPF (15% general, 7% para nuevos profesionales) en las facturas a empresas y otros profesionales.
  • Pueden estar exentos del modelo 130 si más del 70% de sus ingresos llevan retención.
  • No pueden acogerse a estimación objetiva (módulos).

Ejemplos: abogados, arquitectos, médicos, ingenieros, programadores, diseñadores, consultores, traductores, periodistas, psicólogos, fisioterapeutas, etc.

Sección 3: Actividades artísticas

Incluye actividades de carácter creativo y artístico. Comparte el régimen de retenciones con la sección 2:

  • Aplican retención de IRPF en las facturas.
  • Tributación similar a los profesionales.

Ejemplos: pintores, escultores, músicos, actores, directores de cine, escritores, fotógrafos artísticos, etc.

Consecuencias fiscales de la elección

La diferencia fundamental entre estar en la sección 1 (empresarial) y las secciones 2-3 (profesional/artística) es cómo tributas el IRPF durante el año:

AspectoSección 1 (Empresarial)Secciones 2-3 (Profesional/Artística)
Retención IRPF en facturasNoSí (15% o 7%)
Modelo 130 (pago fraccionado)ObligatorioSolo si <70% ingresos con retención
Estimación objetiva (módulos)Posible (según actividad)No disponible
Tipo de rendimientos en RentaActividades económicas empresarialesActividades económicas profesionales

En la práctica, para un profesional autónomo que factura principalmente a empresas, la retención es más cómoda: el cliente retiene el 15% y lo ingresa en Hacienda, y el autónomo no tiene que preocuparse de calcular y presentar pagos fraccionados trimestrales.

Epígrafes más comunes para autónomos

Actividades profesionales (Sección 2)

EpígrafeActividad
763Programadores y analistas informáticos
769Otros profesionales relacionados con la informática
843Diseño gráfico, industrial y de moda
731Abogados
732Procuradores
747Arquitectos e ingenieros técnicos
751Ingenieros superiores
841Médicos de medicina general
776Traductores e intérpretes
721Publicidad y relaciones públicas (profesional)
831Psicólogos
899Otros profesionales diversos n.c.o.p.

Actividades empresariales (Sección 1)

EpígrafeActividad
659Comercio al por menor (otros)
673Restaurantes y cafeterías
691Reparación de maquinaria
722Publicidad y relaciones públicas (empresarial)
755Agentes comerciales
849Personal docente (enseñanza diversa)
972Peluquerías

Multiactividad: varios epígrafes

Es perfectamente legal estar dado de alta en varios epígrafes simultáneamente. Esto es habitual cuando realizas actividades diferentes. Por ejemplo, un programador (epígrafe 763) que también da clases (epígrafe 776 o 849) puede estar en ambos.

Cada actividad se rige por las normas de su sección. Si tienes un epígrafe empresarial y otro profesional, aplicarás retención en las facturas correspondientes a la actividad profesional y modelo 130 para la empresarial.

Para darte de alta en más de un epígrafe, simplemente inclúyelos todos en el modelo 036/037. No hay coste adicional.

Cómo elegir tu epígrafe correctamente

  • Describe tu actividad principal: busca el epígrafe que mejor se ajuste a lo que realmente haces.
  • Consulta las tarifas del IAE: la AEAT publica el listado completo de epígrafes con descripciones detalladas.
  • Piensa en las consecuencias fiscales: si tu actividad puede encajar tanto en empresarial como en profesional, valora qué te conviene más (retención vs modelo 130).
  • Usa el epígrafe genérico si es necesario: los epígrafes «n.c.o.p.» (no clasificado en otra parte) son comodines válidos cuando no encuentras uno específico.
  • Consulta con un asesor fiscal si tienes dudas: un error en el epígrafe puede obligarte a rectificar y generar problemas con Hacienda.

Errores comunes al elegir epígrafe

  • Elegir profesional cuando es empresarial (o viceversa): un community manager freelance suele ser profesional (sección 2), pero una agencia de marketing es empresarial (sección 1).
  • No darse de alta en todos los epígrafes necesarios: si realizas dos actividades distintas y solo estás dado de alta en una, estás facturando fuera de tu actividad declarada.
  • Confundir el epígrafe 899 como «vale para todo»: es un epígrafe residual para profesionales, pero Hacienda puede cuestionar su uso si existe un epígrafe más específico.
  • No actualizar el epígrafe cuando cambia la actividad: si empezaste haciendo una cosa y ahora haces otra diferente, modifica tu alta censal.

Impacto en la calculadora de IRPF

Tu epígrafe determina si tributas mediante retenciones o modelo 130, lo que afecta directamente a tu flujo de caja durante el año. Utiliza nuestra calculadora de IRPF para autónomos para ver cuánto pagarás según tu forma de tributación, y la calculadora de beneficio neto para obtener una visión completa de tus números.

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