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AutonoTools

Simulador Tarifa Plana vs Cuota Normal Autónomos 2026

Compara cuánto ahorras con la tarifa plana de 80€/mes frente a la cuota normal según tus rendimientos netos. Visualiza el ahorro acumulado mes a mes durante 24 meses.

Datos verificados con BOE / AEAT · Actualizado feb. 2026

Tu rendimiento neto

€/mes
500 €/mes6000 €/mes

Ingresos menos gastos deducibles, dividido entre 12

Cuota normal mensual

0,00 €

Ahorro total (12 meses)

0,00 €

Tarifa plana activa

Ahorro total (24 meses)

0,00 €

Con prórroga si aplica

Aviso: Esta calculadora es orientativa y no sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados se basan en la normativa fiscal vigente en 2026 y pueden variar según tu situación personal. Consulta con un asesor fiscal colegiado para decisiones que afecten a tu tributación.

Desglose mensual: tarifa plana vs cuota normal

MesTarifa planaCuota normalAhorro/mesAhorro acumulado
Mes 180,00 €377,26 €297,26 €297,26 €
Mes 280,00 €377,26 €297,26 €594,52 €
Mes 380,00 €377,26 €297,26 €891,78 €
Mes 480,00 €377,26 €297,26 €1189,04 €
Mes 580,00 €377,26 €297,26 €1486,30 €
Mes 680,00 €377,26 €297,26 €1783,56 €
Mes 780,00 €377,26 €297,26 €2080,82 €
Mes 880,00 €377,26 €297,26 €2378,08 €
Mes 980,00 €377,26 €297,26 €2675,34 €
Mes 1080,00 €377,26 €297,26 €2972,60 €
Mes 1180,00 €377,26 €297,26 €3269,86 €
Mes 1280,00 €377,26 €297,26 €3567,12 €

Resultado: Con la tarifa plana de 80€/mes ahorras 3567,12 € en tus primeros 12 meses como autónomo respecto a la cuota normal de 377,26 €/mes.

Evolución de cuotas: tarifa plana vs cuota normal (24 meses)

La zona sombreada en verde representa el ahorro mensual con la tarifa plana. A partir del mes 13 (sin prórroga), la cuota iguala la cuota normal del tramo correspondiente.

Qué es la tarifa plana de autónomos en 2026

La tarifa plana de autónomos es una bonificación de la Seguridad Social que permite a los nuevos trabajadores por cuenta propia pagar una cuota reducida de 80€ al mes durante los primeros 12 meses de actividad, independientemente de sus rendimientos netos. Esta medida fue introducida en el Real Decreto-ley 13/2022, que reformó el sistema de cotización de los autónomos para pasar al modelo de ingresos reales, y se mantiene vigente en 2026 como incentivo para el emprendimiento.

En la práctica, la tarifa plana sustituye la cuota que te correspondería según el sistema de tramos por ingresos reales. Mientras que la cuota mínima normal en 2026 es de 203,92€/mes (para rendimientos netos mensuales inferiores a 670€), y puede llegar hasta los 1.472,80€/mes en los tramos altos, con la tarifa plana pagas fijos 80€ al mes sin importar cuánto factures. Es, sin duda, una de las mayores ventajas fiscales para quienes se lanzan por primera vez al trabajo autónomo.

Un aspecto que muchos desconocen es que la tarifa plana no solo reduce la cuota, sino que también implica una base de cotización mínima. Durante el período de tarifa plana, tu base de cotización es de 653,59€, que es la base mínima del sistema. Esto significa que tus prestaciones (jubilación, baja por enfermedad, cese de actividad) se calculan sobre esa base reducida. Es un trade-off que merece la pena en la inmensa mayoría de los casos: el ahorro mensual compensa con creces el ligero impacto en prestaciones futuras, especialmente si la tarifa plana dura solo 12 meses de tu vida laboral.

Requisitos para acceder a la tarifa plana en 2026

No todos los nuevos autónomos pueden acogerse a la tarifa plana. La normativa establece una serie de requisitos que debes cumplir para beneficiarte de esta bonificación. Antes de dar de alta tu actividad, asegúrate de que cumples todos estos criterios:

  • No haber estado dado de alta como autónomo en los 2 años anteriores. Si causaste baja hace menos de 24 meses, no podrás acceder a la tarifa plana. Este plazo se amplía a 3 años si ya disfrutaste de esta bonificación (o de la antigua tarifa plana anterior a 2023) en un período anterior.
  • No ser autónomo colaborador familiar. Los familiares de autónomos que se dan de alta como colaboradores en el negocio familiar no pueden acogerse a la tarifa plana estatal, aunque algunas comunidades autónomas ofrecen ayudas específicas para este colectivo.
  • No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda. Si tienes obligaciones tributarias o de cotización impagadas, debes regularizar tu situación antes de solicitar la tarifa plana. Los aplazamientos de pago vigentes no se consideran deuda a estos efectos, siempre que estés al corriente de los pagos fraccionados.
  • Darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). La tarifa plana se aplica exclusivamente a los autónomos del RETA, no a quienes cotizan en otros regímenes especiales (como el de trabajadores del mar o el agrario).

Un punto que genera mucha confusión: puedes acogerte a la tarifa plana aunque previamente hayas cotizado como asalariado. Lo que importa es que no hayas estado dado de alta como autónomo en los últimos 2-3 años. Tu historial como trabajador por cuenta ajena no afecta.

Cuánto dura la tarifa plana: 12 meses garantizados

La tarifa plana tiene una duración inicial de 12 meses desde la fecha de tu alta como autónomo. Durante ese año completo, pagas 80€/mes sin excepciones, sin importar si tus ingresos suben, bajan o fluctúan. Es una cuota fija e inamovible.

El cómputo de los 12 meses empieza desde el día exacto de tu alta. Si te das de alta el 15 de marzo de 2026, la tarifa plana estará activa hasta el 14 de marzo de 2027. El primer mes y el último se prorratean proporcionalmente si no coinciden con meses naturales completos, aunque la práctica habitual es darse de alta el día 1 del mes para simplificar la gestión.

Una vez transcurridos los 12 meses, existen dos escenarios:

  • Si tus rendimientos netos mensuales no superan el SMI: puedes solicitar una prórroga de 12 meses adicionales, pagando igualmente 80€/mes.
  • Si tus rendimientos superan el SMI: la tarifa plana finaliza y pasas a cotizar por el tramo que corresponda a tus ingresos reales.

Tarifa plana ampliada para rentas bajas

La tarifa plana ampliada es la extensión de 12 meses adicionales (total: 24 meses) disponible para aquellos autónomos cuyos rendimientos netos mensuales no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2026 se sitúa en 1.184€/mes.

Para beneficiarte de la prórroga, no necesitas solicitarla de forma proactiva en la mayoría de los casos. Al acercarse el fin de tu primer año de tarifa plana, la Seguridad Social te comunicará si cumples los requisitos para la extensión basándose en los datos de tu cotización y tu última declaración de rendimientos. No obstante, es recomendable verificar tu situación a través del portal Import@ss y, si es necesario, presentar una solicitud formal para asegurar la continuidad de la bonificación.

Adicionalmente, varias comunidades autónomas complementan la tarifa plana estatal con bonificaciones propias. En comunidades como Madrid, Andalucía, Murcia y Baleares, se ofrece la denominada "cuota cero": la comunidad autónoma abona los 80€ de la tarifa plana, de modo que el nuevo autónomo no paga nada durante el primer año (y en algunos casos, hasta 24 meses). Consulta las condiciones específicas de tu comunidad, ya que los requisitos y plazos varían.

Cuánto ahorras realmente con la tarifa plana

El ahorro real de la tarifa plana depende directamente de cuál sería tu cuota normal sin la bonificación. Cuanto mayor sea tu rendimiento neto (y, por tanto, tu tramo de cotización), mayor será el ahorro. Veamos algunos ejemplos concretos:

  • Rendimiento neto de 1.000€/mes (tramo 1): cuota normal 203,92€/mes. Ahorro con tarifa plana: 123,92€/mes, es decir, 1.487,04€ en 12 meses.
  • Rendimiento neto de 2.000€/mes (tramo 6-7): cuota normal en torno a 296-371€/mes. Ahorro con tarifa plana: 216-291€/mes, es decir, entre 2.592€ y 3.492€ en 12 meses.
  • Rendimiento neto de 4.000€/mes (tramo 12-13): cuota normal en torno a 530-577€/mes. Ahorro con tarifa plana: 450-497€/mes, es decir, entre 5.400€ y 5.964€ en 12 meses.

El simulador de esta página te permite calcular el ahorro exacto para tu nivel de ingresos. Simplemente introduce tu rendimiento neto mensual estimado y verás la comparativa mes a mes, con el ahorro acumulado a 12 y 24 meses.

Hay un matiz importante que muchos análisis omiten: el ahorro en cuotas de Seguridad Social también reduce tu base imponible del IRPF, ya que la cuota de autónomos es gasto deducible. Sin embargo, al pagar menos cuota durante la tarifa plana, tu base imponible será ligeramente mayor ese año y pagarás algo más de IRPF. Aun así, el balance neto sigue siendo ampliamente favorable: por cada euro que ahorras en cuota de SS, pagas como mucho 0,45€ más de IRPF (en el tipo marginal más alto), quedándote un ahorro neto mínimo del 55% del importe.

Qué pasa cuando termina la tarifa plana

Al finalizar el período de tarifa plana (12 o 24 meses según el caso), pasas automáticamente a cotizar por el tramo que corresponda a tus rendimientos netos reales. No necesitas realizar ningún trámite: la Seguridad Social aplica el cambio de oficio.

Este momento es crítico desde el punto de vista financiero, porque supone un incremento significativo en tus gastos mensuales. Si durante la tarifa plana pagabas 80€/mes y tus rendimientos netos rondan los 2.000€/mes, pasarás a pagar más de 290€/mes. Es un salto de más de 210€ mensuales que debes prever en tu planificación financiera.

Consejo práctico: durante el período de tarifa plana, crea un fondo de reserva con parte del ahorro mensual para amortiguar la transición. Si ahorras la mitad de la diferencia entre la tarifa plana y la cuota que te correspondería, tendrás un colchón de varios meses cuando la bonificación expire. Además, recuerda que al pasar a la cuota normal, puedes elegir cotizar por la base mínima de tu tramo para minimizar el impacto.

Tarifa plana para autónomos societarios

Los autónomos societarios (administradores o socios de sociedades limitadas que deben cotizar en el RETA) también pueden acceder a la tarifa plana, siempre que cumplan los requisitos generales. Históricamente existía cierta confusión sobre este punto, ya que antes de 2023 los autónomos societarios tenían una base mínima de cotización más alta. Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, la distinción entre autónomo persona física y autónomo societario se ha difuminado en lo que respecta a la tarifa plana.

No obstante, hay que tener en cuenta que el autónomo societario tiene la obligación de cotizar al menos por la base mínima del grupo de cotización 1 del Régimen General si ejerce funciones de dirección y gerencia. En la práctica, durante la tarifa plana, esto no supone un problema porque los 80€/mes se aplican igualmente. Pero al finalizar la tarifa plana, la base mínima de cotización del societario puede ser superior a la del autónomo estándar, lo que se traduce en cuotas más altas.

Si estás valorando constituir una SL, ten en cuenta que la tarifa plana te da un respiro inicial de 12 meses con cuota reducida, pero a partir del mes 13 los costes de cotización del autónomo societario serán superiores a los de un autónomo persona física con los mismos rendimientos. Incluye este dato en tu análisis de viabilidad antes de decidir la forma jurídica de tu negocio.

Cómo solicitar la tarifa plana: paso a paso

Solicitar la tarifa plana es un proceso sencillo si lo haces en el momento adecuado. La clave es solicitarla en el momento del alta como autónomo, no después. Sigue estos pasos:

  • Paso 1: Alta en Hacienda (modelo 036/037). Antes de darte de alta en la Seguridad Social, debes comunicar a la Agencia Tributaria el inicio de tu actividad económica presentando el modelo 036 (o el simplificado 037). Este paso es previo y obligatorio.
  • Paso 2: Alta en el RETA a través de Import@ss. Accede al portal Import@ss (importass.seg-social.es) con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente. Selecciona "Solicitud de alta en RETA" y cumplimenta el formulario con tus datos personales, la actividad económica (CNAE/IAE) y la fecha de inicio.
  • Paso 3: Marcar la opción de tarifa plana. Durante el proceso de alta en Import@ss, encontrarás una casilla específica para solicitar la bonificación de tarifa plana. Márcala y el sistema verificará automáticamente si cumples los requisitos (no haber estado de alta en los últimos 2-3 años).
  • Paso 4: Confirmar la domiciliación bancaria. Indica la cuenta bancaria donde se cargará la cuota mensual de 80€. El cargo se realiza el último día hábil de cada mes.
  • Paso 5: Recibir la confirmación. Una vez tramitada el alta, recibirás un documento de alta en el RETA que indicará la bonificación de tarifa plana aplicada. Si todo es correcto, tu primera cuota será de 80€ (prorrateada si no te has dado de alta el primer día del mes).

Importante: si te das de alta como autónomo y olvidas solicitar la tarifa plana en ese momento, puedes reclamarla posteriormente, pero el proceso es más complejo y no está garantizado. La recomendación es marcarla siempre durante el alta. Si utilizas una gestoría para el alta, asegúrate de indicarles expresamente que deseas acogerte a la tarifa plana.

El plazo para darse de alta como autónomo es de 60 días desde el inicio real de la actividad. Si te das de alta con efecto retroactivo (es decir, indicas una fecha de inicio anterior a la fecha de solicitud), la tarifa plana se aplicará desde la fecha de inicio, pero deberás abonar el período retroactivo a 80€/mes igualmente.

En mi experiencia, el error más común que cometen los nuevos autónomos es dar el alta en Hacienda semanas o meses antes del alta en la Seguridad Social. Esto puede generar problemas, ya que la Seguridad Social interpreta que la actividad comenzó en la fecha del alta en Hacienda y podría reclamarte las cuotas correspondientes a ese período intermedio. Lo ideal es dar ambas altas el mismo día o con pocos días de diferencia.

Preguntas frecuentes

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Carlos Mendoza

Asesor Fiscal Colegiado

Equipo AutonoTools

Especialista en fiscalidad de autónomos con más de 10 años de experiencia. Analizo los cambios normativos cada trimestre para mantener las calculadoras actualizadas.

Actualizado: 24 feb 2026