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Pluriactividad: ser autónomo y asalariado a la vez

·10 min lectura

Miles de personas en España compaginan un trabajo por cuenta ajena con una actividad como autónomo. Esta situación tiene un nombre técnico —pluriactividad— y conlleva obligaciones fiscales y de cotización específicas, pero también bonificaciones muy interesantes. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber para combinar ambos regímenes en 2026 sin sustos con Hacienda ni con la Seguridad Social.

¿Qué es la pluriactividad?

La pluriactividad se produce cuando un trabajador cotiza simultáneamente en dos regímenes distintos de la Seguridad Social. El caso más habitual es estar dado de alta en el Régimen General (como asalariado) y en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) al mismo tiempo.

No debe confundirse con la pluriempleo, que es tener dos o más trabajos por cuenta ajena (ambos en Régimen General). La diferencia es importante porque las bonificaciones y la devolución de excesos de cotización solo se aplican a la pluriactividad.

En la práctica, la pluriactividad es perfectamente legal y cada vez más común. Ejemplos típicos: un empleado de oficina que abre una tienda online por las tardes, un profesor que da clases particulares facturando como autónomo, o un diseñador que trabaja en una agencia y a la vez tiene sus propios clientes freelance.

Requisitos para estar en pluriactividad

Para estar en situación de pluriactividad necesitas cumplir estas condiciones:

  • Contrato por cuenta ajena vigente: debes tener un contrato laboral (ya sea a tiempo completo o parcial) con al menos un empleador que cotice por ti al Régimen General.
  • Alta en el RETA: debes darte de alta como autónomo si realizas una actividad económica de forma habitual, personal y directa. Es obligatorio si los ingresos son recurrentes y superan el SMI.
  • Cumplir obligaciones fiscales de ambas actividades: modelo 303 de IVA, modelo 130 de IRPF (si aplica), facturas, etc. por la parte autónoma, además de la declaración de la renta conjunta.

No necesitas autorización de tu empresa para ser autónomo (salvo que tu contrato incluya una cláusula de exclusividad o de no competencia). Eso sí, no puedes realizar una actividad que compita directamente con la de tu empleador.

Cotización en pluriactividad: RETA + Régimen General

Este es el punto clave. En pluriactividad cotizas dos veces: tu empresa paga tus cotizaciones al Régimen General (como cualquier asalariado) y tú pagas tu cuota de autónomo al RETA. Esto significa que cada mes salen dos cotizaciones de tu bolsillo (la parte del trabajador del Régimen General, que te descuentan de la nómina, y la cuota de autónomo).

Desde 2023, la cuota de autónomo se calcula por tramos de ingresos reales. En pluriactividad, los ingresos que se tienen en cuenta son solo los rendimientos netos de la actividad autónoma, no el salario por cuenta ajena. Así, si tu actividad freelance genera 1.000 € netos al mes, te situarás en el tramo correspondiente a esos ingresos.

Puedes usar nuestra calculadora de cuota de autónomos para estimar cuánto pagarás según tus rendimientos netos de la actividad por cuenta propia.

Bonificaciones en la cuota de autónomos por pluriactividad

Aquí viene la buena noticia. Si es tu primera alta en el RETA por pluriactividad (o no has estado de alta en los últimos 3 años), puedes aplicar bonificaciones en la base de cotización durante los primeros 3 años:

PeriodoJornada completa por cuenta ajenaMedia jornada o más (parcial)
Primeros 18 meses50 % de la base mínima RETA75 % de la base mínima RETA
Siguientes 18 meses75 % de la base mínima RETA85 % de la base mínima RETA

Esto significa que durante los primeros 18 meses, si trabajas a jornada completa como asalariado, cotizas solo por el 50 % de la base mínima en el RETA. En 2026, la base mínima del RETA del tramo 1 es de 653,59 €, así que cotizarías por unos 326,80 € de base, lo que se traduce en una cuota mensual sensiblemente menor.

Ejemplo práctico: Marta trabaja como ingeniera en una empresa (salario bruto 35.000 €/año) y abre una consultoría freelance los fines de semana. Sus rendimientos netos de la actividad autónoma son 800 €/mes. Al estar en pluriactividad con jornada completa, durante los primeros 18 meses cotiza al RETA por el 50 % de la base mínima. Su cuota de autónomo rondará los 160 €/mes en lugar de los 260 € que pagaría en el tramo estándar. Un ahorro de unos 1.800 € en año y medio.

Devolución del exceso de cotización

Cuando cotizas a dos regímenes a la vez, la suma de tus bases de cotización por contingencias comunes puede superar el tope máximo establecido por ley. Si es tu caso, tienes derecho a solicitar la devolución del 50 % del exceso cotizado en ambos regímenes. En 2026, el tope máximo mensual de cotización es de 4.720,50 €/mes.

La devolución se solicita a través de la sede electrónica de la Seguridad Social antes del 30 de abril del año siguiente. Es decir, para el exceso cotizado en 2026, debes solicitarla antes del 30 de abril de 2027. La Seguridad Social calcula el exceso de oficio en muchos casos, pero conviene verificar que se ha realizado correctamente.

Ejemplo: Si tu base de cotización en el Régimen General es de 3.500 €/mes y tu base en el RETA es de 1.500 €/mes, la suma es 5.000 €, que supera el tope de 4.720,50 € en 279,50 €. Tendrías derecho a la devolución del 50 % de ese exceso: 139,75 €/mes × 12 = 1.677 € al año.

IRPF con dos pagadores: la declaración de la renta

Una de las mayores preocupaciones de la pluriactividad es el IRPF. Al tener dos fuentes de ingresos —nómina y actividad autónoma— debes tener en cuenta:

  • Obligación de declarar: con dos pagadores, estás obligado a presentar la declaración de la renta si la suma de rendimientos del trabajo supera 15.876 € (cuando el segundo pagador supera 1.500 €/año). En la práctica, casi todo pluriactivo está obligado.
  • Rendimientos del trabajo + actividades económicas: en la renta, declaras tu salario como «rendimientos del trabajo» y tus ingresos de autónomo como «rendimientos de actividades económicas». Cada tipo tiene sus propias deducciones.
  • Retenciones insuficientes: es frecuente que la empresa te retenga poco IRPF en la nómina porque calcula las retenciones sin saber que tienes ingresos extra. Resultado: te sale «a pagar» en la renta.
  • Modelo 130: como autónomo en estimación directa, debes presentar el modelo 130 trimestralmente, ingresando el 20 % de tu beneficio neto como pago fraccionado de IRPF.

Consejo clave: pide a tu empresa que te aplique un tipo de retención más alto en la nómina (puedes hacerlo con el modelo 145). Así evitas un susto en la declaración de la renta. Usa nuestra calculadora de IRPF para autónomos para estimar cuánto te saldrá a pagar.

Ejemplo práctico: IRPF en pluriactividad

Pablo tiene un salario bruto de 30.000 €/año y obtiene 12.000 € netos de su actividad autónoma. Su base imponible total para IRPF es de unos 42.000 € (después de deducciones). Aplicando los tramos estatales y autonómicos de IRPF 2026:

TramoBaseTipoCuota
0 – 12.450 €12.450 €19 %2.365,50 €
12.450 – 20.200 €7.750 €24 %1.860,00 €
20.200 – 35.200 €15.000 €30 %4.500,00 €
35.200 – 42.000 €6.800 €37 %2.516,00 €

Cuota íntegra total: 11.241,50 €. Si la empresa le retuvo 4.500 € y Pablo ingresó 2.400 € con el modelo 130, le quedaría por pagar en la renta unos 4.341 €. De ahí la importancia de planificar las retenciones.

Ventajas y desventajas de la pluriactividad

Ventajas

  • Red de seguridad: mantienes tu salario fijo mientras desarrollas tu proyecto propio. Si la actividad autónoma no funciona, sigues con tu empleo.
  • Doble cotización, mejor pensión: al cotizar a dos regímenes, acumulas más base reguladora para tu jubilación. Puedes llegar a cobrar dos pensiones si cumples los requisitos mínimos en cada régimen (15 años cotizados en cada uno).
  • Bonificaciones en cuota: como hemos visto, puedes pagar hasta un 50 % menos de cuota de autónomo durante 3 años.
  • Devolución de excesos: posibilidad de recuperar cotizaciones si superas el tope máximo.
  • Gastos deducibles: los gastos de tu actividad autónoma (equipos, software, formación, suministros) reducen tu base imponible de IRPF.

Desventajas

  • Doble coste de cotización: aunque haya bonificaciones, cada mes pagas cuota de autónomo además de lo que te descuentan de la nómina.
  • Carga administrativa: facturas, modelos trimestrales (303, 130), libros contables, declaración de renta más compleja.
  • IRPF más alto: al sumar dos fuentes de ingresos, saltas a tramos superiores de IRPF. La factura fiscal puede ser significativamente mayor.
  • Tiempo limitado: compaginar jornada laboral y actividad propia genera mucha carga de trabajo y puede afectar a tu salud.
  • Posibles conflictos laborales: si tu actividad interfiere con tu rendimiento o compite con tu empresa, podrías tener problemas.

Cómo darse de alta en pluriactividad paso a paso

El proceso es más sencillo de lo que parece:

  • Paso 1: Alta en Hacienda — Presenta el modelo 036 o 037 para darte de alta en el censo de empresarios. Selecciona tu epígrafe IAE y el régimen de IVA/IRPF que te corresponda.
  • Paso 2: Alta en el RETA — Solicitálo en la sede electrónica de la Seguridad Social (Import@ss) o en una oficina presencial. Marca la opción de pluriactividad y adjunta tu contrato por cuenta ajena o tu última nómina. Elige tu base de cotización (la mínima si quieres minimizar costes) y solicita las bonificaciones.
  • Paso 3: Comunica a tu empresa (opcional) — No estás obligado legalmente, pero si tu convenio incluye cláusulas de exclusividad, es mejor informar.
  • Paso 4: Organiza tu contabilidad — Abre una cuenta bancaria separada para la actividad, lleva un libro de ingresos y gastos, y programa los modelos trimestrales.

Preguntas frecuentes sobre pluriactividad

¿Puedo tener tarifa plana y pluriactividad a la vez?

No. Las bonificaciones por pluriactividad y la tarifa plana de 80 € son incompatibles. Debes elegir la que más te convenga. Generalmente, si tu jornada por cuenta ajena es completa, la bonificación por pluriactividad (50 % de la base mínima) resulta más ventajosa que la tarifa plana en algunos casos. Compara ambas opciones con nuestra calculadora de cuota de autónomos.

¿Qué pasa si dejo el trabajo por cuenta ajena?

Si dejas tu empleo, pasas de pluriactividad a estar solo en el RETA. Pierdes las bonificaciones por pluriactividad (aunque podrías solicitar la tarifa plana si cumples requisitos). Tu cuota de autónomo se recalculará según tu tramo de ingresos reales.

¿Puedo deducirme la cuota de autónomo en la renta?

. La cuota de autónomo (RETA) es un gasto deducible de los rendimientos de actividades económicas. Se resta directamente de tus ingresos de autónomo para calcular el beneficio neto.

¿Hay límite de ingresos para la pluriactividad?

No existe un límite de ingresos como tal. Puedes ganar todo lo que tu actividad genere. Lo que cambia es el tramo de cotización en el RETA y el tipo efectivo de IRPF, que serán más altos cuanto más ganes. Usa la calculadora de IRPF para simular distintos escenarios.

Conclusión: ¿merece la pena la pluriactividad?

La pluriactividad es una excelente opción para probar una idea de negocio sin dejar tu empleo. Las bonificaciones en la cuota de autónomo durante los 3 primeros años y la posibilidad de recuperar excesos de cotización reducen significativamente el coste de lanzarte. El principal reto es la gestión fiscal —dos pagadores, declaración de la renta más compleja, modelos trimestrales—, pero con una buena planificación es perfectamente manejable.

Nuestro consejo: antes de darte de alta, simula tu situación fiscal completa. Calcula cuánto pagarás de cuota de autónomo y cuánto te saldrá de IRPF con dos pagadores. Con los números claros, la decisión es mucho más fácil.