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Factura electrónica B2B: calendario de implantación

·8 min lectura

Además de VeriFactu, hay otra normativa que afecta directamente a los autónomos: la obligatoriedad de la factura electrónica en operaciones B2B (entre empresas y profesionales). Aunque ambas regulaciones están relacionadas, son diferentes y tienen calendarios distintos. En esta guía aclaramos qué es la factura electrónica B2B, en qué se diferencia de VeriFactu y cuándo te afectará.

¿Qué es la factura electrónica B2B?

La factura electrónica B2B es la obligación de emitir, enviar y recibir facturas en formato electrónico estructurado en todas las operaciones entre empresarios y profesionales. No se trata simplemente de enviar un PDF por email: la factura debe estar en un formato técnico estandarizado (Facturae, UBL o CII) que permita su procesamiento automático sin intervención humana.

Esta obligación proviene de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (conocida como Ley "Crea y Crece"), cuyo artículo 12 establece la obligatoriedad de la factura electrónica en las relaciones comerciales B2B.

Diferencia entre VeriFactu y factura electrónica B2B

Es fundamental entender que son dos obligaciones diferentes, aunque complementarias:

AspectoVeriFactu (SIF)Factura Electrónica B2B
NormativaRD 1007/2023Ley 18/2022 (Crea y Crece)
ObjetivoIntegridad de registros de facturaciónDigitalización del intercambio de facturas
Qué regulaEl software que genera las facturasEl formato y envío de las facturas
DestinatarioAEAT (registros de facturación)Cliente/proveedor (factura en sí)
FormatoHash criptográfico + registro XMLFacturae 3.2.2, UBL 2.1 o CII
Entrada en vigor1 julio 2026Por fases (ver calendario)

En resumen: VeriFactu se ocupa de que el software de facturación sea íntegro y no permita manipulaciones (relación autónomo-AEAT), mientras que la factura electrónica B2B se ocupa de que las facturas entre empresas se intercambien en formato electrónico estandarizado (relación autónomo-cliente).

Calendario de implantación

La Ley Crea y Crece establece una implantación por fases según el volumen de facturación:

FaseQuiénFecha estimada
Fase 1Empresas con facturación > 8 millones €/año1 año tras la publicación del reglamento
Fase 2Resto de empresas y autónomos2 años tras la publicación del reglamento

El reglamento de desarrollo (que establece los detalles técnicos y las fechas concretas) todavía está pendiente de aprobación a fecha de febrero de 2026. Una vez se publique, las grandes empresas tendrán 1 año para adaptarse, y los autónomos y pymes tendrán 2 años. Las estimaciones actuales sitúan la obligatoriedad para autónomos en torno a 2027-2028.

Formato Facturae

El formato estándar de factura electrónica en España es Facturae, actualmente en su versión 3.2.2. Es un formato XML estructurado que incluye:

  • Datos del emisor y receptor (NIF, nombre, dirección)
  • Líneas de detalle con descripción, cantidad, precio, IVA
  • Totales con desglose de impuestos
  • Firma electrónica del emisor
  • Información de pago (IBAN, vencimiento)

El formato Facturae es obligatorio en la facturación al sector público (ya vigente) y será uno de los formatos aceptados para la facturación B2B. También se aceptarán los formatos europeos UBL 2.1 y CII, conforme a la Directiva europea 2014/55/UE.

Plataformas de intercambio

A diferencia de VeriFactu (donde los registros van a la AEAT), las facturas electrónicas B2B se intercambian entre emisor y receptor. Para facilitar esto, se prevé la creación de una plataforma pública de intercambio gestionada por la AEAT, aunque también se permitirán plataformas privadas homologadas.

El flujo será:

  • El autónomo emite la factura en formato electrónico desde su software
  • La factura se sube a la plataforma de intercambio
  • El destinatario recibe la factura y puede descargarla en su software
  • La AEAT tiene acceso a la información para control tributario

¿Qué implica para los autónomos?

Cuando la factura electrónica B2B sea obligatoria para autónomos, los principales cambios serán:

  • Fin de las facturas en PDF por email: los PDFs seguirán existiendo como representación visual, pero la factura "legal" será el archivo electrónico estructurado
  • Software obligatorio: necesitarás un software capaz de generar y recibir facturas en formato Facturae (o UBL/CII)
  • Automatización del proceso: la contabilización de facturas recibidas será mucho más sencilla, ya que el software podrá importar los datos automáticamente
  • Reducción de errores: al eliminar la entrada manual de datos, disminuyen los errores en NIF, importes y tipos de IVA

¿Hay excepciones?

La obligación de factura electrónica B2B aplica a operaciones entre empresarios y profesionales. Están fuera del ámbito:

  • Facturas a particulares (B2C): las ventas a consumidores finales no están sujetas a esta obligación
  • Operaciones en módulos: los autónomos en estimación objetiva no están obligados a emitir factura (salvo excepciones), por lo que la obligación de factura electrónica tendría un alcance limitado
  • Facturas simplificadas: pendiente de desarrollo reglamentario

Cómo prepararte desde ahora

Aunque la factura electrónica B2B para autónomos probablemente no será obligatoria hasta 2027-2028, la preparación para VeriFactu (julio 2026) ya te pone en el camino correcto:

  • Si eliges un software VeriFactu-compatible, lo más probable es que también soporte factura electrónica B2B cuando sea obligatorio
  • Empieza a digitalizar todos tus procesos de facturación ahora
  • Asegúrate de que tus datos de clientes (NIF, razón social, dirección) son correctos y completos

Consulta nuestra comparativa de software VeriFactu para elegir una solución que también te prepare para la factura electrónica. Y usa el test de preparación VeriFactu para evaluar tu nivel actual de digitalización.