Si llevas tiempo como autónomo persona física y tus ingresos crecen, seguro que te has planteado dar el salto a una Sociedad Limitada. Pero la decisión no es tan sencilla como "gano mucho, monto una SL". Existen diferencias importantes en cotización a la Seguridad Social, tributación, responsabilidad patrimonial y costes de gestión que debes analizar con calma. En esta guía comparamos ambas figuras con datos reales de 2026 para que tomes la mejor decisión.
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Qué es un autónomo persona física
El autónomo persona física es la forma más habitual de emprender en España. Te das de alta en Hacienda (modelo 036/037) y en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y comienzas a facturar directamente con tu NIF personal. No necesitas constituir ninguna sociedad ni aportar capital inicial.
Desde 2023, los autónomos persona física cotizan por ingresos reales, con 15 tramos que van desde una cuota mínima de 200€/mes (rendimientos netos inferiores a 670€/mes) hasta más de 500€/mes para los que superan los 6.000€/mes de rendimiento neto. Este sistema implica que pagas más cuota cuanto más ganas, pero también que tu base de cotización sube, mejorando prestaciones como la jubilación.
En cuanto a impuestos, el autónomo persona física tributa por el IRPF, un impuesto progresivo con tipos marginales que van del 19% al 47% (más el tramo autonómico, que varía según la comunidad). Esto significa que a partir de cierto nivel de beneficios, la presión fiscal se dispara. Puedes simular tu situación con la calculadora de IRPF para autónomos.
La principal desventaja del autónomo persona física es la responsabilidad ilimitada: respondes con todo tu patrimonio personal (vivienda, ahorros, vehículo) ante las deudas del negocio. Si algo sale mal, los acreedores pueden reclamar tus bienes personales.
Qué es un autónomo societario
El autónomo societario es una persona física que ejerce funciones de dirección y gerencia en una Sociedad Limitada (SL) de la que posee al menos un 25% del capital (o un 33% si no ejerce funciones de dirección). En la práctica, es el administrador de una SL que, además, está obligado a cotizar en el RETA como autónomo societario.
La diferencia fundamental es que la actividad económica se desarrolla a través de la SL, que es una persona jurídica independiente. La sociedad tiene su propio CIF, su propia contabilidad y tributa por el Impuesto de Sociedades (IS) al tipo general del 25% (15% los dos primeros años con beneficios para empresas de nueva creación, y 23% para micropymes con cifra de negocio inferior a 1 millón de euros).
La responsabilidad está limitada al capital social aportado (mínimo 1€ desde la Ley Crea y Crece, aunque lo habitual son 3.000€). Tu patrimonio personal queda protegido frente a las deudas de la sociedad, salvo en casos de administración negligente o fraudulenta.
Cuota de Seguridad Social: la gran diferencia
Esta es una de las diferencias más palpables en el día a día. Mientras el autónomo persona física cotiza por ingresos reales con 15 tramos, el autónomo societario tiene una base mínima de cotización más alta.
En 2026, la base mínima del autónomo societario se sitúa en 1.152,60€/mes, frente a los 950,98€/mes de base mínima general para autónomos en tramos medios. Esto se traduce en una cuota mínima para el societario de aproximadamente 370-390€/mes, mientras que un autónomo persona física con rendimientos netos bajos puede pagar desde 200€/mes.
Es importante destacar que el autónomo societario no puede acogerse a la tarifa plana de 80€/mes. Esta bonificación está reservada exclusivamente para nuevos autónomos persona física. Si constituyes una SL desde el primer día, empezarás pagando la cuota societaria completa.
En contrapartida, la base de cotización más alta del societario implica mejores prestaciones futuras: pensión de jubilación más alta, mejor prestación por incapacidad temporal y mayor protección por cese de actividad.
Tributación: IRPF progresivo vs IS + dividendos
Aquí está el quid de la cuestión fiscal y la razón principal por la que muchos autónomos se plantean dar el salto a SL.
Autónomo persona física: IRPF progresivo
Todo el beneficio de tu actividad tributa como rendimiento de actividades económicas en el IRPF. Los tipos marginales en 2026 son:
- Hasta 12.450€: 19%
- 12.450€ - 20.200€: 24%
- 20.200€ - 35.200€: 30%
- 35.200€ - 60.000€: 37%
- 60.000€ - 300.000€: 45%
- Más de 300.000€: 47%
A estos tipos estatales hay que sumar el tramo autonómico, que varía según la comunidad. El tipo efectivo real para un autónomo con 50.000€ de beneficio puede rondar el 30-33%.
Autónomo societario (SL): IS + IRPF por dividendos
El beneficio de la sociedad tributa primero por el Impuesto de Sociedades al 25% (o 23% para micropymes). Después, si quieres disponer del dinero personalmente, debes repartir dividendos, que tributan en la base del ahorro del IRPF:
- Hasta 6.000€: 19%
- 6.000€ - 50.000€: 21%
- 50.000€ - 200.000€: 23%
- 200.000€ - 300.000€: 27%
- Más de 300.000€: 28%
Además, como administrador de la SL puedes asignarte un sueldo (nómina), que es gasto deducible para la sociedad pero tributa como rendimiento del trabajo en tu IRPF personal. La estrategia fiscal óptima suele combinar un sueldo moderado con dividendos.
Ejemplo práctico: 60.000€ de beneficio
Como autónomo persona física: Con 60.000€ de rendimiento neto (después de gastos deducibles y cuota SS), pagarías aproximadamente 16.000-17.500€ de IRPF (tipo efectivo ~28-29%). Total neto: unos 42.500-44.000€.
Como autónomo societario: La SL genera 60.000€ de beneficio antes de tu sueldo. Te asignas 24.000€ de sueldo bruto (gasto deducible para la SL). La SL paga IS del 25% sobre 36.000€ = 9.000€. Beneficio después de IS: 27.000€. Si repartes 20.000€ en dividendos, pagas ~4.000€ de IRPF del ahorro. Por tu sueldo de 24.000€ pagas ~3.200€ de IRPF. Total impuestos: ~16.200€. Pero ojo: la cuota SS del societario es más alta (~4.700€/año vs ~3.600€ del persona física en ese tramo) y tienes costes de gestoría de la SL (~200-300€/mes). El ahorro real se reduce considerablemente.
Responsabilidad patrimonial
Este aspecto es crítico y a menudo infravalorado:
- Autónomo persona física: Responsabilidad ilimitada. Respondes con todo tu patrimonio personal y presente, e incluso futuro. Si contraes deudas que no puedes pagar, los acreedores pueden embargar tu vivienda habitual (con excepciones de la Ley de Segunda Oportunidad), cuentas bancarias y otros bienes.
- Autónomo societario (SL): Responsabilidad limitada al capital social. En principio, solo pierdes lo aportado a la sociedad. Sin embargo, si como administrador incurres en negligencia grave, no depositas cuentas anuales o no disuelves la sociedad cuando está en causa de disolución, puedes responder personalmente (responsabilidad por deudas sociales).
Si tu actividad implica riesgos elevados (contratos grandes, responsabilidad frente a terceros, inversiones significativas), la protección patrimonial de la SL es un argumento de peso independientemente del ahorro fiscal.
Costes de constitución y gestión de una SL
Constituir una SL implica una serie de gastos iniciales que debes tener en cuenta:
- Certificación negativa de nombre: ~15€ (Registro Mercantil Central)
- Capital social mínimo: 1€ legal, pero lo habitual son 3.000€ (queda en la cuenta de la sociedad)
- Notaría (escritura de constitución): 150-300€
- Registro Mercantil: 100-150€
- Gestoría para la constitución: 300-600€
- Impuesto AJD: exento desde 2010
En total, el coste de constitución oscila entre 600€ y 1.200€ si lo haces por la vía rápida (PAE/CIRCE) y entre 1.500€ y 3.000€ por la vía tradicional con asesor.
Además, los costes recurrentes de gestión de una SL son significativamente más altos:
- Gestoría/asesoría fiscal y contable: 200-400€/mes (frente a 50-100€/mes del autónomo persona física)
- Depósito de cuentas anuales: 50-100€/año
- Libros obligatorios: libro diario, libro de inventarios y cuentas anuales, libro de actas, libro de socios
- Impuesto de Sociedades: modelo 200 anual + pagos fraccionados trimestrales (modelo 202)
Estos costes adicionales pueden suponer entre 2.000€ y 4.000€ más al año respecto a operar como persona física.
Cuándo conviene pasar de persona física a SL
No existe una cifra mágica, pero los asesores fiscales suelen recomendar el cambio a partir de un beneficio neto sostenido de 40.000-50.000€ anuales. A partir de ese umbral, el ahorro fiscal empieza a compensar los costes adicionales de gestión.
Factores que recomiendan pasar a SL antes (incluso con menos beneficio):
- Riesgo patrimonial alto: si tu actividad implica contratos importantes o responsabilidad frente a terceros
- Necesitas reinvertir en el negocio: el beneficio que dejas en la SL solo tributa al 25% (vs hasta 47% en IRPF), lo que te permite reinvertir más
- Imagen corporativa: algunos sectores valoran más tratar con una SL que con un autónomo
- Varios socios: si emprendes con alguien, la SL es casi obligada para regular la relación
Factores que recomiendan seguir como persona física:
- Beneficios inferiores a 40.000€: los costes de gestión anulan el ahorro fiscal
- Actividad sin riesgo patrimonial: freelance, consultor, profesional liberal
- Quieres simplicidad: la gestión contable y fiscal de una SL es considerablemente más compleja
- Primeros años de actividad: puedes disfrutar de tarifa plana y deducción del 20% de IRPF
Tabla comparativa completa
| Aspecto | Autónomo Persona Física | Autónomo Societario (SL) |
|---|---|---|
| Responsabilidad | Ilimitada (patrimonio personal) | Limitada al capital social |
| Tributación beneficios | IRPF 19-47% | IS 25% + IRPF dividendos 19-28% |
| Cuota SS mínima | ~200€/mes (tramo bajo) | ~370-390€/mes |
| Tarifa plana | Sí (80€/mes, 12 meses) | No disponible |
| Capital inicial | 0€ | 1€ mínimo (recomendado 3.000€) |
| Coste constitución | 0€ (solo alta Hacienda + RETA) | 600-3.000€ |
| Coste gestoría/mes | 50-100€ | 200-400€ |
| Contabilidad | Libro de ingresos/gastos | Contabilidad completa (PGC) |
| Modelos fiscales | 130, 303, 390, Renta | 200, 202, 303, 390, nóminas |
| Imagen profesional | Persona física (NIF) | Sociedad (CIF) |
| Reinversión | Tributa todo por IRPF | Solo 25% IS si no repartes |
| Punto de equilibrio fiscal | Hasta ~40-50k€ beneficio | A partir de ~40-50k€ beneficio |
Conclusión: no hay respuesta universal
La decisión entre autónomo persona física y autónomo societario depende de tu situación concreta: nivel de ingresos, riesgo de la actividad, planes de reinversión y preferencias de gestión. Como regla general, si facturas menos de 40.000€ de beneficio neto, la simplicidad y los menores costes del autónomo persona física suelen compensar. A partir de 50.000€ de beneficio sostenido, la SL empieza a ser fiscalmente atractiva, y más aún si necesitas protección patrimonial.
Antes de tomar la decisión, utiliza nuestro comparador autónomo vs SL para ver los números con tu caso concreto, y consulta la calculadora de IRPF para entender tu presión fiscal actual como persona física. Si los números apuntan a SL, consulta con un asesor fiscal que analice tu situación patrimonial completa antes de dar el paso.